Las declaraciones de renta en 2.018, correspondientes al año gravable 2.017, deben contemplar los cambios establecidos en la última reforma tributaria, así:
o Las personas naturales ya no se clasifican en empleados, trabajadores por cuenta propia u otros. o No aplican los sistemas IMAN e IMAS o A partir de 2.018 se utiliza el sistema cedular en cinco (5) Cedulas a saber:
1. Rentas laborales 2. Rentas de Capital 3. Rentas No laborales 4. Rentas de pensiones 5. Dividendos
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